La Corte Suprema argentina rechaza extraditar a Carlos Fernández por considerar prescrito el ‘caso saqueo 2’

Carlos Fernández custodiado por dos agentes de la Policía Federal Argentina tras su detención. FOTO/ Policía Federal Argentina

Carlos Fernández custodiado por dos agentes de la Policía Federal Argentina tras su detención. FOTO/ Policía Federal Argentina

La Corte Suprema de Argentina, la más alta instancia judicial del país, ha cerrado por completo cualquier posibilidad de extradición a España del prófugo Carlos Fernández, por considerar prescrita la única causa por la que nuestro país reclamaba al exedil del GIL y del Partido Andalucista. Se trataba del ‘caso saqueo 2’ en la Audiencia Nacional (AN). El exconcejal marbellí se convirtió en el fugitivo más famoso del ‘caso Malaya’. Huyó a la mencionada nación del cono sur en 2006 y no se supo nada de él hasta septiembre de 2017, cuando fue detenido por la Policía Federal en la ciudad de San Juan (oeste). Fernández mantiene que fue una “entrega pactada”, versión que fue desmentida por las autoridades argentinas.

En un auto de seis folios de extensión, fechado el 21 de diciembre pasado y al que ha tenido acceso Marbella Confidencial, los magistrados del alto tribunal argentino revocan la resolución previa de un juez federal que sí consideró pertinente la extradición a España y frente a la que los abogados de Fernández interpusieron recurso de apelación.

La Corte Suprema reprocha al Ministerio Fiscal argentino que invocara  “tardíamente” la solicitud “formal” de extradición, cursada por España el 26 de octubre de 2017, para hacer valer que el delito continuado de malversación de caudales públicos, por el que se acusaba a Fernández, “prescribiría para el derecho argentino el 26 de octubre de 2027”, a los diez años.

El citado tribunal, equiparable al Supremo español, argumenta que “la declaración de procedencia de la extradición de Carlos Fernández  Gámez al Reino de España incluyó una toma de posición respecto de la fecha en que operaría la prescripción de la acción penal –25 de febrero de 2019– en términos que no fueron en tiempo y forma salvaguardados por la parte acusadora pública en la instancia procesal debida”, según se recoge en el folio tercero.

Y es que la Fiscalía argentina hizo suyos los argumentos del juez federa, en 2017, sobre que la prescripción del ‘caso saqueo 2’ por el que se pretendía juzgar a Fernández en la Audiencia Nacional se produciría a los diez años de la apertura de juicio oral, que tuvo lugar el 25 de febrero de 2009. Sin embargo, la acusación pública no tuvo entonces en cuenta el plazo de diez años a partir del 26 de octubre de 2017, cuando se produjo el “pedido de extradición” desde España. Un motivo que la Corte Suprema considera ahora “inadmisible” invocar por parte de la acusación pública por ser “tardío”.

Así pues, a todos los efectos, Carlos Fernández se libra de ser extraditado a España, para ser juzgado en la AN, por lo que podría considerarse un defecto de forma en los plazos de los que dispuso la Fiscalía argentina para intentar que sus delitos no prescribiesen hasta el 26 de octubre de 2027.

La Corte Suprema, conformada por Horacio Rosatti -presidente-, Carlos Rosenkrantz -vicepresidente-, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, resuelve “revocar la resolución apelada y declarar improcedente la extradición al Reino de España de Carlos Fernández Gámez para ser sometido a juicio por el delito continuado de malversación de caudales públicos”.

Esta resolución judicial firme, contra la que no cabría recurso alguno, deja claro que el procedimiento de extradición sobre el que ha emitido pronunciamiento –tras cinco años de proceso– no reviste “el carácter de un verdadero juicio criminal”, porque no entra a valorar “el conocimiento del proceso en el fondo, ni implica decisión alguna sobre la culpabilidad o inculpabilidad del individuo en los hechos que dan lugar al reclamo”, señala el alto tribunal en alusión a la petición de España

La fiscal española Belén Suárez había solicitado, ante la AN, la petición de extradición para el exedil marbellí en el conocido como ‘caso saqueo 2’,  al considerar que había delitos no prescritos en este sumario, ya juzgado por el citado tribunal y con sentencia firme para otros exediles como Julián Muñoz, entre otros, así como el exasesor urbanístico Juan Antonio Roca, considerado el cerebro del ‘caso Malaya’.

Auto Argentina Carlos Ferná… by MarbellaConfidencial

Anticorrupción reclamaba a Fernández 7,8 millones de euros de indemnización al Ayuntamiento de Marbella

Suárez reclamaba a Fernández 7,8 millones de euros de indemnización para el Ayuntamiento de Marbella en ‘caso saqueo 2’, en concepto de responsabilidad civil, así como una petición de prisión de nueve años por los delitos de malversación de caudales públicos y falsedad en documento público.

Fernández, que fue declarado en rebeldía en  ‘saqueo 2’, cuando arrancó la vista oral en abril de 2013, estaba acusado principalmente de delitos de malversación de caudales públicos por su etapa como delegado de Deportes del partido GIL entre 1991-1998. Concretamente se juzgaba su gestión en la sociedad municipal Actividades Deportivas 2000 S.L.

Anticorrupción sostuvo en la querella por el ‘caso saqueo 2’, que interpuso el entonces fiscal jefe Carlos Jiménez Villarejo, en marzo de 2003, que el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Marbella, del que formaba parte Carlos Fernández como edil del GIL en Deportes, “mantuvo sociedades mercantiles municipales ocultas a la labor fiscalizadora o de las que no se remitió contabilidad, habiendo comunicado tan sólo la existencia de 25 de las mismas pese a tener constituidas 31”.

Fernández prestó declaración, como imputado, ante el Juzgado Central 2 de la Audiencia Nacional el 20 de noviembre de 2003, en plena instrucción de este largo procedimiento que tutelaba el juez Ismael Moreno.

Según la Fiscalía Anticorrupción el exmunícipe recibió –cuando era concejal ‘gilista’ de Deportes– un total de 80.397 euros como subvención a la Unión Deportiva San Pedro, sin que, “pese al requerimiento del interventor de fecha 3 de noviembre de 1997, el querellado haya justificado el empleo de tales fondos públicos”, sostenían los fiscales José Grinda y Belén Suárez en aquel entonces.

También fue favorecido con 9.916 euros, en un pago que escuetamente se describió como “a justificar gastos escuelas deportivas”, así como con 30.050 euros que tenían la consideración de “subvenciones deportivas temporada 96/97”. Ninguna de estas cantidades fue justificada, siempre según la versión de Fiscalía.

Fernández era, además, gerente de Actividades Deportivas 2000 SL, una sociedad a la que no le cuadraban las cuentas. Igualmente, habría protagonizado con Julián Muñoz y otro querellado una operación por la que, entre 1993 y 1999, se apropiaron (según la Fiscalía) de fondos de la sociedad Eventos 2000 SL, por valor de 312.000 euros, presentando facturas por servicios profesionales que pretendían justificar por integrar una comisión gestora.

Condenado en firme en 2007 por apropiarse de 80.000 euros de las nóminas de futbolistas 

La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga ordenó, el 11 de octubre de 2007, que el exconcejal de Marbella ingresara en un centro penitenciario para cumplir su condena de dos años por el llamado ‘caso jugadores’. Había sido declarado culpable de un delito de malversación de caudales públicos por apropiarse de 80.000 euros de las nóminas de los futbolistas de la Unión Deportiva San Pedro, entidad municipal que él gestionada como concejal de Deportes del GIL (1991-1998).

Marbella Confidencial tuvo acceso al auto de ejecución de sentencia, dictado el 11 de octubre de 2007 por la citada Sala malagueña, presidida por el magistrado Andrés Rodero, en el que se decretaba “el ingreso inmediato en prisión de Carlos Fernández Gámez, para lo que se librarán órdenes de busca y captura con expresión de tal finalidad a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”, rezaba la resolución contra la que no cabía recurso.

El exconcejal del PA prófugo del 'caso Malaya', Carlos Fernández (primero drcha) en una imagen de archivo de 2004, junto a los entonces dirigentes del PA Alejandro Rojas Marcos (centro) e Ildefonso Dell Olmo. FOTO/ JAVIER MARTÍN

El exconcejal del PA prófugo del ‘caso Malaya’, Carlos Fernández (primero drcha) en una imagen de archivo de 2004, junto a los entonces dirigentes del PA Alejandro Rojas Marcos (centro) e Ildefonso Dell Olmo. FOTO/ JAVIER MARTÍN

Fernández, tal y como recogió el diario Tiempo de San Juan, este martes 26 de diciembre (al adelantar que se rechazaba su extradición), llegó a asegurar sobre el ‘caso Malaya’, para justificar su fuga, que “sólo querían involucrarme en la mega causa porque era una figura en ascenso, querían erradicar el proyecto político que representaba”, señala en alusión al PA.

Al hilo de la versión ofrecida por el exconcejal cabe recordar que cuando se inició la llamada ‘operación Malaya’, en marzo de 2006, Fernández estaba completamente apartado de la política y ya había sido condenado por la Audiencia de Málaga por el ‘caso jugadores’. Estaba a la espera del pronunciamiento del Supremo, que corroboró la condena por apropiarse de 80.000 euros de modestos jugadores de un club municipal.

Otra afirmación que hace Fernández al citado medio argentino se basa en haber padecido “una persecución de parte del fiscal que lo acusaba”, en alusión a Juan Carlos López Caballero, de quien este digital argentino llega a afirmar –atribuyéndole la declaración al exedil del PA– que “integraba un bando político contrario al suyo”.

Cabe recordar que en diciembre de 2017, cuando Fernández logró salir bajo fianza de la cárcel argentina donde se encontraba, también ofreció a los medios argentinos una versión sobre su situación muy alejada de la realidad y basada en que se pretendió acabar con su trayectoria política en el ‘caso Malaya’, algo que la prensa de dicho país no le rebatió, por desconocimiento absoluto.

Argentina decretó la expulsión de Fernández en 2019 y fue recurrida

La Cámara Federal de de Mendoza, tribunal de apelaciones de esta ciudad argentina, confirmó en septiembre de 2019  la decisión de la Dirección Nacional de Migraciones– dependiente del Ministerio del Interior– que decretaba la expulsión del país de Fernández. El político fugitivo se encontraba en la nación sudamericana desde poco después de ordenarse su detención, en junio de 2006.

Los abogados del exedil andalucista recurrieron también esta medida de expulsión, que nada tiene que ver con el procedimiento de extradición finalizado a su favor. Según el mencionado medio digital argentino, Fernández –tras la resolución de la Corte Suprema– iniciará ahora los trámites para que la causa para expulsarle del territorio argentino sea también suprimida. Todo ello con el fin, afirman, de poder regresar a España sin tener ninguna cuenta pendiente con la justicia argentina.

 

Carlitos el ilusionista. Artículo de opinión (24-09-2017). 

 

Todas las noticias de hemeroteca sobre Carlos Fernández

 

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.