Autorizan vender faroles de coches de caballo y una guarnición intervenidos en el caso ‘Malaya’ La administración judicial de los bienes de Roca instó a que se confirmara el contrato privado de compraventa suscrito con una empresa La administración judicial de los bienes de Roca instó a que se confirmara el contrato privado de compraventa suscrito con una empresa

El cerebro del 'caso Malaya', Juan Antonio Roca, dando sus primeros pasos en libertad tras abandonar la prisión de Alhaurín de la Torre. FOTO/ DANIEL PÉREZ

El cerebro del ‘caso Malaya’, Juan Antonio Roca, dando sus primeros pasos en libertad tras abandonar la prisión de Alhaurín de la Torre. FOTO/ DANIEL PÉREZ

La Sala que ejecuta la sentencia del caso ‘Malaya’, contra la corrupción en la localidad malagueña de Marbella, ha autorizado la venta por un precio de 27.975 euros de varios faroles para coches de caballo y una guarnición, objetos intervenidos entre otros bienes al principal condenado en esta causa, Juan Antonio Roca.

Se trata de varias parejas de faroles y una guarnición de cuarta a la inglesa de gala, que estaban a la venta en la página web habilitada por el Tribunal con bienes muebles e inmuebles intervenidos a este condenado –ventadebienesmalaya-roca.com–.

La administración judicial de los bienes de Roca instó a que se confirmara el contrato privado de compraventa suscrito con una empresa y la Sala señala, a través de un auto, que la operación es “adecuada”, ratificando las condiciones económicas que considera “favorables”.

En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, se señala que tras 3,2 millones de visitas que lleva la web y dos años de publicidad de estos objetos en la misma, el precio de venta al que se ha llegado es “la mayor oferta recibida” desde que comenzó a funcionar la página.

En cuanto a los faroles se publicitaban a la mayor oferta recibida, por lo que la Sala “se posiciona a favor de la venta”, al igual que con la guarnición, aunque en este caso el precio de venta sea un 31 por ciento inferior al publicitado.

El Tribunal considera “beneficioso para el interés de la presente ejecutoria” la oferta de compraventa de estos objetos y da autorización para su enajenación en las condiciones que constan en el contrato suscrito entre la administración judicial y una mercantil.

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