Condenan a Julián Muñoz a trece meses de prisión por fraude y prevaricación en el ‘caso Lorcrimar’ Por firmar en calidad de alcalde accidental convenios irregulares con la empresa Lorcrimar ;La Audiencia Provincial de Málaga absuelve al exasesor de Urbanismo Juan Antonio Roca, acusado de los mismos delitos ;Roca obtiene su tercera sentencia absolutoria en un corto espacio de tiempo ;La Sala sanciona con seis meses de prisión al responsable de la sociedad, Manuel Lores, culpable de fraude y absuelto en el 'caso Malaya'Por firmar en calidad de alcalde accidental convenios irregulares con la empresa Lorcrimar ;La Audiencia Provincial de Málaga absuelve al exasesor de Urbanismo Juan Antonio Roca, acusado de los mismos delitos ;Roca obtiene su tercera sentencia absolutoria en un corto espacio de tiempo ;La Sala sanciona con seis meses de prisión al responsable de la sociedad, Manuel Lores, culpable de fraude y absuelto en el 'caso Malaya'

El exalcalde de Marbella Julián Muñoz, declarando en la Audiencia de Málaga en el 'caso Lorcrimar', junto a Juan Antonio Roca, y el empresario Manuel Lores, en imagen de archivo. FOTO/ EUROPA PRESS

El exalcalde de Marbella Julián Muñoz, declarando en la Audiencia de Málaga en el ‘caso Lorcrimar’, junto a Juan Antonio Roca, y el empresario Manuel Lores, en imagen de archivo. FOTO/ EUROPA PRESS

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado al exalcalde Julián Muñoz a trece meses de prisión y a siete años y tres meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de fraude y otro de prevaricación urbanística en la firma de dos convenios urbanísticos con la empresa Lorcrimar. La Sala absuelve al exasesor de Urbanismo de Jesús Gil, Juan Antonio Roca, que había sido acusado de cometer los mismos delitos y logra con esta su tercera sentencia absolutoria, y condena a seis meses de prisión por un delito de fraude al empesario responsable de Lorcrimar, Manuel Lores, absuelto en el caso ‘Malaya’.

Según se considera probado en la resolución, el empresario realizó diversas gestiones en nombre y representación de Lorcrimar que le pertenecía con el entonces alcalde Jesús Gil, las cuales culminaron en el acuerdo de realizar un primer convenio de aprovechamientos urbanísticos, redactado en 2000.

Ese convenio lo firma, como alcalde accidental, “con perfecto conocimiento de su contenido, circunstancias y efectos, así como la tramitación efectuada”, Julián Muñoz, y en virtud de él la empresa adquiere 17.691,78 metros cuadrados de aprovechamiento a un precio determinado, sin tasación municipal en ese momento.

Pero, posteriormente, sí se hizo un informe de tasación “no detallado, ni motivado, ni explicado” en el que se situó el precio en un valor inferior al fijado en el convenio y, además, “desproporcionado al valor real”, ya que tres años antes se había tasado en una parcela colindante con un precio más alto.

Asimismo, en 2001, se firmó un decreto de reparcelación y otro convenio por el que se aumentaba la densidad de viviendas permitida, otorgándose luego las correspondientes licencias de obra, a pesar de “exceder la edificabilidad originaria de la parcela” en dos ocasiones.

Roca, absuelto

La Sala considera que “ni en los convenios ni en el decreto de reparcelación realizado ni en el otorgamiento de diversas licencias expresadas tiene actuación alguna ni capacidad de dirección o gestión Juan Antonio Roca”, que tiene con ésta tres sentencias absolutorias.

En este sentido, “no constando acreditado que en la confección del convenio, en la negociación del mismo, en su ejecución ni en su desarrollo haya tenido actuación alguna, participación, conocimiento previo, ni control de actos”, el Tribunal le absuelve de los delitos por los que era acusado, los mismos que los otros dos procesados.

“Ninguna prueba existe de participación del mismo en los delitos reseñados, pues sólo se le relaciona con el hecho de que el convenio de agosto de 2000 fue tasado posteriormente por una persona que también trabajaba para la entidad planeamientos 2000”, indica la sentencia, que añade que “ninguna relación se acredita que tenga con las licencias”.

En cambio, la Sala estima que “se ha producido un concierto o acuerdo de voluntades”, en el que “utilizando un artificio –la no tasación previa, escaso valor otorgado, ausencia de informes técnicos y jurídicos o no registro del acuerdo–, se defrauda a las arcas públicas”, de lo que responsabiliza a Muñoz y al empresario, a quienes les impone el pago al Ayuntamiento marbellí de 172.156 euros de indemnización como responsabilidad civil.

El Tribunal considera que Muñoz “materializa” los convenios y, además, “con conocimiento de su injusticia –sin los informes necesarios– aprueba en votación de la comisión de gobierno, planeamientos, proyectos, parcelación y licencias, en diversas ocasiones” en relación con los acuerdos firmados.

Cuando la sentencia sea firma, el exalcalde deberá indemnizar al Ayuntamiento con 172.000 euros más IVA de forma conjunta y solidaria junto a Lores.

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