La Sala de ‘Malaya’ accede a que un condenado cumpla la pena de prisión en Italia Se trata del empresario italiano Massimo Filippa, afincado en Marbella y vinculado a la promoción inmobiliariaSe trata del empresario italiano Massimo Filippa, afincado en Marbella y vinculado a la promoción inmobiliaria

El empresario italiano Massimo Filippa, que cumplirá condena en Italia por el 'caso Malaya', en una foto de archivo. Twitter

El empresario italiano Massimo Filippa, que cumplirá condena en Italia por el ‘caso Malaya’, en una foto de archivo. Twitter

La Sala de ‘Malaya’, caso contra la corrupción en Marbella , ha accedido a trasladar a Italia la sentencia dictada en esta causa para que se proceda a la ejecución de la condena de tres años y medio de cárcel impuesta a un empresario por los delitos de blanqueo de capitales y de cohecho.

El empresario Massimo Filippa, condenado también al pago de una multa de tres millones de euros, presentó antes de iniciarse la ejecución escritos ante las autoridades italianas para que el cumplimiento de la sentencia fuera en dicho país, incidiendo en su nacionalidad, en los vínculos familiares y en que reside allí.

Asimismo, en los escritos se apuntaba a factores sociales y lingüísticos “favorecedores de la reinserción” y señalaba que era “plenamente consciente de sus deberes”, expresando el interés tanto personal como familiar “de superar con la expiación de la pena esta fase negativa de su vida”.

Posteriormente, en febrero pasado, una vez ya iniciada la ejecución de la sentencia, el empresario remitió a la Sala escrito manifestando su voluntad de cumplir en dicho país la condena de prisión. La Fiscalía no se opuso a esta petición, aunque instó a que previamente se procediera al embargo de bienes en España.

Ahora, el Tribunal de ‘Malaya’ accede a transmitir a la autoridad judicial italiana la sentencia para que proceda al reconocimiento y ejecución de la misma en Italia, teniendo en cuenta que “el condenado es de nacionalidad italiana y que es en dicho país donde se encuentra, por lo que es donde tiene arraigo”.

Pero también se accede al entender la Sala “que la ejecución en el país de origen contribuirá a alcanzar el objetivo de facilitar la reinserción social del penado”; además de constar el consentimiento expreso del mismo. Asimismo, procederá al embargo de los bienes en España, tal y como solicitó el fiscal en su informe.

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