Roca y Muñoz juzgados por un perjuicio a Marbella de 2,8 millones en dos convenios Se trata de operaciones urbanísticas llevadas a cabo con el empresario Manuel Lores, absuelto en el 'caso Malaya' y vinculado a la mercantil LorcrimarSe trata de operaciones urbanísticas llevadas a cabo con el empresario Manuel Lores, absuelto en el 'caso Malaya' y vinculado a la mercantil Lorcrimar

El cerebro de la trama de corrupción municipal, Juan Antonio Roca (drcha), junto al exalcalde de Marbella Julián Muñoz, durante una de las sesiones del juicio por el caso 'saqueo 2' celebrado en la Audiencia Nacional

El cerebro de la trama de corrupción municipal, Juan Antonio Roca (drcha), junto al exalcalde de Marbella Julián Muñoz, durante una de las sesiones del juicio por el caso ‘saqueo 2’ celebrado en la Audiencia Nacional

La Audiencia de Málaga tiene previsto juzgar a finales de este mes de enero al exalcalde de la localidad malagueña de Marbella Julián Muñoz, al exasesor de urbanismo marbellí Juan Antonio Roca y a un empresario por la operación urbanística realizada a través de dos convenios que causaron un perjuicio económico de más de 2,8 millones de euros a las arcas municipales.

Así, la Fiscalía Anticorrupción acusa a los tres procesados de los delitos continuados de malversación de caudales y de prevaricación, en el caso del responsable de la empresa Lorcrimar, Manuel Lores –que fue juzgado en el caso ‘Malaya’ y resultó absuelto–, como inductor o cooperador necesario. Esta acusación solicita siete años y medio de prisión para cada uno de ellos.

En el escrito del fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, se detalla la forma de gestionar el urbanismo en el Ayuntamiento desde la llegada al poder del exregidor Jesús Gil, explicando el papel de Muñoz como alcalde accidental, el de Roca al frente de la sociedad Planeamiento 2000, así como el del empresario “imprescindible para consumar las maniobras defraudadoras”.

En este sentido, se incide, como ya se ha hecho en otros procedimientos, en Roca “como persona de confianza de Gil y verdadero gestor de hecho en el Ayuntamiento en materia urbanística”, siendo el que “controló la elaboración de la práctica totalidad de los convenios que modificaban el planeamiento existente hasta entonces en el municipio de Marbella”.

Así, se indica que éste “negoció, bien la entrega directa de bienes inmuebles municipales como pago de reales o presuntas deudas; bien los convenios urbanísticos en los que se alteraban los parámetros urbanísticos existentes en perjuicio de los intereses municipales y favoreciendo a terceros o a sí mismo; o a veces también utilizando su privilegiada posición e influencia para interferir en el proceso edificatorio a través de testaferros y sociedades interpuestas”.

El papel de la constructora Lorcrimar en la trama

En cuanto a la constructora, bajo la gestión del empresario acusado, el fiscal dice que fue “creada ex profeso para llevar a cabo desarrollos inmobiliarios” en un sector concreto de Marbella, apuntando que “las edificaciones ejecutadas por dicha promotora se efectuaron mediando alteraciones del planeamiento contrarias a la legalidad urbanística” y con base en “licencias de obra que han sido consideradas irregulares o ilegales”.

En este caso, según las conclusiones iniciales del ministerio público, de 44 folios, el Ayuntamiento de Marbella, a través de Julián Muñoz, como alcalde accidental, suscribió con el empresario acusado  dos convenios urbanísticos, el primero en agosto de 2000 y el segundo en marzo de 2001; que no fueron ratificados por el órgano competente.

El primero era para la enajenación de aprovechamientos urbanísticos, lo que se hizo “sin tasación previa y adoleciendo la tasación posterior de total falta de actualización, y sin procedimiento, y alterando la calificación del suelo para incrementar los volúmenes de edificabilidad, sin que esto se refleje en el precio final”.

“Quien negociaba y tasaba era Juan Antonio Roca, siendo los informes de tasación una pura apariencia formal que recogía la valoración previamente fijada por el gerente de Planeamiento 2000”, considera el escrito inicial del fiscal.

El segundo convenio urbanístico era “complementario del anterior desde la perspectiva del promotor de edificaciones que permitía una mayor densidad de viviendas”, pasando a 148. Además, en la calificación presentada por el ministerio público se analizan las licencias de obra relativas a estos cinco conjuntos residenciales y un hotel promovidos por la empresa en dichos terrenos.

El fiscal solicita que el perjuicio al Ayuntamiento “tanto por el impago de la totalidad de las cantidades acordadas, por las cantidades no percibidas al autorizar la construcción de una mayor densidad de viviendas, así como de la infravaloración en la tasación de los aprovechamientos transmitidos” se fije en 2,6 millones de euros, más 219.249 euros en concepto de IVA; cantidad que pide como indemnización.

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