El secretario reconoce un “error” y da por aprobado el Plan Parcial de Arroyo Palomera En un documento fechado el 3 de noviembre Antonio Rueda reconoce que se equivocó al asegurar que el proyecto urbanístico de la Milla de Oro requería mayoría absoluta (14) para ser aprobado en Pleno ;El punto no salió adelante por la abstención de Podemos y PP (15), frente a los 12 del tripartito (PSOE, OSP e IU)En un documento fechado el 3 de noviembre Antonio Rueda reconoce que se equivocó al asegurar que el proyecto urbanístico de la Milla de Oro requería mayoría absoluta (14) para ser aprobado en Pleno ;El punto no salió adelante por la abstención de Podemos y PP (15), frente a los 12 del tripartito (PSOE, OSP e IU)

El alcalde de Marbella, José Bernal, durante  un pleno junto al secretario municipal. Foto/ MARBELLA IMAGEN

El alcalde de Marbella, José Bernal, durante un pleno junto al secretario municipal. Foto/ MARBELLA IMAGEN 

Polémica zanjada. El secretario municipal del Ayuntamiento de Marbella, Antonio Rueda, ha emitido un informe, fechado el 3 de noviembre, en el que asegura haber cometido un “error” en el  asesoramiento realizado al alcalde, José Bernal, durante el último pleno ordinario en relación al Plan Parcial de Arroyo Palomera, en plena Milla de Oro, que no salió adelante porque el fedatario aseguró que era necesaria la mayoría absoluta de la Corporación (14). Podemos y PP se abstuvieron (15) y el tripartito (PSOE, OSP e IU) cosechó 12 votos a favor.

Ahora, en este documento al que ha tenido acceso Marbella Confidencial el secretario municipal asegura en lo concerniente al quórum necesario que “al no requerir mayoría absoluta, el acuerdo de aprobación del citado Plan Parcial hemos de considerarlo válido y eficaz”, con mayoría simple (12 votos a favor).

Rueda ha trasladado su informe a los distintos grupos municipales “para su conocimiento, sin perjuicio del posterior tratamiento en el órgano colegiado que corresponda”, reza el escrito.

En el informe, de dos folios de extensión, el fedatario municipal asegura haber analizado la normativa de aplicación antes de hacer las consideraciones que ahora invoca para rectificar. Así, recuerda que la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local determina que corresponden al pleno los acuerdos relativos a la aprobación inicial del Planeamiento General, además de la aprobación que ponga fin a la “tramitación municipal” de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística.

En en base a lo anterior, todo lo relativo al PGOU, donde la normativa recoge la necesaria mayoría absoluta del Pleno. Sin embargo, afirma el secretario, el artículo 13 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y normativa complementaria, “considera los planes parciales de ordenación como planes de desarrollo”. En consecuencia, no sería necesaria la mayoría absoluta que sí es obligatoria para lo relativo al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

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