Condenado por herir de bala a un hombre en la puerta de un local de Marbella de donde fue expulsado

Imagen de la Ciudad de la Justicia en Málaga

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La Audiencia de Málaga ha condenado a una pena de tres años y medio de prisión a un hombre por herir de bala a otro que estaba en la puerta de un establecimiento de ocio de Marbella, donde el acusado volvió “movido por afán de venganza” tras haber sido expulsado previamente del local por una discusión con otras personas.

Según se declara probado en la sentencia de la Audiencia, una noche de febrero de 2005, el acusado, junto con otras personas ya enjuiciadas por estos hechos, accedieron a un establecimiento de ocio de Puerto Banús, en Marbella, y “sin motivo previo entablaron una discusión” con un hombre, por lo que fueron expulsados del local por dos vigilantes de seguridad del mismo.

Posteriormente, el procesado y las otras dos personas ya juzgadas, “movidos por el resentimiento contra el hombre y el personal de seguridad del establecimiento”, regresaron al local, llevando el acusado una pistola semiautomática en perfecto estado de conservación y funcionamiento, “sin que su posesión fuera autorizable por medio de licencia”.

Con ese arma, la Sala señala que el acusado, “movido por su afán de venganza”, accedió hasta la puerta del local que en ese momento estaba ocupado por un numeroso grupo de personas “y efectuó tres disparos hacia éstas, sin dirigir el arma contra una persona determinada pero con el conocimiento de la elevada posibilidad de causar la muerte a una de ellas, lo que no le detuvo”.

Dos de los tres disparos efectuados impactaron en un hombre y le causaron dos heridas en el muslo y en la pierna, por las que el afectado precisó un tratamiento y tardó en curar 124 días, quedándole como secuelas varias cicatrices. También se declara probado que el acusado presenta adicción al consumo de sustancias estupefacientes, lo que limita sus capacidades.

El acusado reconoció los hechos y asumió las penas, por lo que se le condena por un delito de homicidio en grado de tentativa y otro de tenencia ilícita de armas prohibidas, aplicándole la atenuante de drogadicción. Además, se le impone el pago de 6.000 euros como indemnización a la víctima pero de forma solidaria con los otros dos condenados; cantidad que ya fue consignada por estos.

Además, el Tribunal le concede la suspensión de la ejecución de la pena de prisión impuesta por el plazo de cinco años, supeditado a que no vuelva a cometer delito algunos durante ese tiempo y a que continúe con el tratamiento de desintoxicación de sustancias tóxicas que sigue en una asociación especializada de la localidad malagueña de Fuengirola.

En este sentido, la Sala advierte al acusado de que si abandona el tratamiento o no sigue las instrucciones del centro, se revocará el beneficio concedido de la suspensión; añadiendo que a los efectos de control, se requerirá un informe trimestralmente al citado centro sobre el tratamiento.

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